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El Convenio Regulador en el divorcio de mutuo acuerdo es un documento en el que ambos cónyuges pactan de mutuo acuerdo las relaciones económicas, así como las relativas los hijos en los casos de separación o divorcio. En el Convenio se regularán las consecuencias que se derivan de la separación o el divorcio. El Convenio debe aportase junto con la demanda y es obligatorio cuando la separación o el divorcio es de mutuo acuerdo. El convenio regulador debe contener los siguientes extremos: •Atribución de la guarda y custodia de los hijos (a uno de los dos cónyuges o guarda y custodia compartida). •Determinación del régimen de visitas y comunicaciones de que podrá disfrutar el cónyuge que no tenga la custodia. •La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar. La misma quedará, normalmente, a los hijos y al cónyuge al que se atribuya la guarda y custodia de los mismos.
•Las cantidades de contribución al sostenimiento de las cargas del matrimonio y para el mantenimiento de los hijos en concepto de pensión de alimentos.
•La cantidad que, en su caso, y en concepto de pensión compensatoria, uno de los cónyuges ha de satisfacer al otro por el desequilibrio económico que se deriva de la separación o divorcio o nulidad matrimonial.
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