Despacho de Abogados expertos en derecho de familia, separación y divorcio de mutuo acuerdo o contencioso

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El Tribunal de Estrasburgo condena a España por no ejecutar una liquidación de sociedad de gananciales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado  a España a indemnizar con 21.000 euros a Asunción Ortuño por tardar más de 11 años en ejecutar la liquidación de bienes gananciales de su matrimonio con J.A.Q., tras separación dictada por un juzgado de Orihuela (Alicante).

Ortuño, madre de dos hijos y residente en Alicante, recorrió varias instancias judiciales hasta presentar sin éxito, a partir de 2000, varios recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, así como una demanda de reparación ante el Ministerio de Justicia.

La demandante acudió al Tribunal de Estrasburgo en 2007 por "la duración excesiva del procedimiento de ejecución de la sentencia definitiva que había ordenado la liquidación del régimen matrimonial".

Ortuño invocó el artículo 6.1 (Derecho a ser juzgado en un plazo razonable) del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Además, estimó que la asistencia gratuita de la que se benefició "no defendió sus intereses con efectividad".

La sentencia de la Sala Tercera del Tribunal de Estrasburgo afirma que "un lapso de tiempo de más de 11 años a día de hoy para la fase de ejecución de una sentencia definitiva no responde a las exigencias de plazo razonable".

El texto añade que la presentación de varios recursos y demandas por parte de Ortuño contra los abogados de oficio y varios jueces de Orihuela y del Tribunal Constitucional "ha demorado el desarrollo del proceso de ejecución".

A pesar de ello, la Corte "no reprocha a la demandante haber utilizado las vías procesales disponibles para defender sus intereses".

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