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Divorcio de mutuo acuerdo en España 390 € Si se han casado en el extranjero y uno o ambos cónyuges reside actualmente en España no hay ningún problema en interponer la demanda de separación o divorcio ante los tribunales españoles, ya que el Código Civil permite que se pueda presentar la demanda en los juzgados del último domicilio conyugal o bien en los juzgados de la residencia actual de cualquiera de los cónyuges. - Si no han registrado su matrimonio en el Consulado español ni en ningún Registro Civil de España, es necesario que obtengan un certificado o acta de matrimonio del país de celebración del matrimonio con la Apostilla o legalizado por el consulado y su correspondiente traducción (si el país es de habla no hispana) para presentar con la demanda. - Si han registrado el matrimonio en el Consulado español o en cualquier Registro Civil de España, su matrimonio está inscrito en el Registro Civil Central, debiendo solicitar un certificado literal de matrimonio a este Registro sito en Madrid para presentar con el escrito de demanda. Les informamos que la solicitud de certificados en el Registro Civil Central suele demorar bastante tiempo, por lo que si es posible, le recomendamos acudir personalmente a dicho Registro.
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