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Por Guarda y Custodia de los hijos se entiende vivir, cuidar y asistir a los hijos, es totalmente independiente de la patria potestad. La guarda y custodia se puede atribuir a uno de los cónyuges, puede ser compartida entre ambos o bien puede atribuirse a una tercera persona.
La guardia y custodia compartida se dará cuando los padres lo soliciten en la propuesta del convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento.
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