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Podemos liquidar la sociedad de gananciales en el mismo procedimiento de separación o divorcio o bien en un momento posterior. Para proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales es necesario confeccionar un inventario en el que se hará constar tanto el activo como el pasivo de la sociedad de gananciales. Tras la liquidación, debe cambiarse en el Registro de la Propiedad la titularidad de los bienes inmuebles que se atribuyan a cada cónyuge, tras el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ante la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma competente. También deberá satisfacerse, esta vez ante el Ayuntamiento, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la llamada "Plusvalía").
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